24-06-2026 – Este miércoles se desarrolló una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante de nuestra ciudad, donde:
- Se aprobó un incremento salarial del 2,1% para la planta política, permanente y contratados del municipio a pagar con los salarios del mes de Junio, que se abonan a comienzo del mes de Julio próximo.
- El bloque Somos Hernando ingresó por correspondencia un proyecto de ordenanza para que sean obligatorias las audiencias públicas para los proyectos de ordenanzas previstos en el artículo 60 de la C.O.M., que requieren doble lectura con mayoría especial, aún cuando los mismo ingresen a través del procedimiento de urgencia establecido en el artículo 58 de la misma, así el Concejo Deliberante no los haya tratado formalmente en el pleno de sus sesiones.
El proyecto se presenta ante la necesidad de incentivar y propiciar la participación de la ciudadanía en el tratamiento de ordenanzas relevantes para el municipio y la sociedad en su conjunto.
La oposición aduce que el propio preámbulo de la C.O.M. establece la organización del Municipio de Hernando bajo la vigencia del sistema democrático, pluralista y participativo y que además el artículo 15 de la C.OM. dispone que el municipio promueve y garantiza la participación política y social de los vecinos en el desarrollo de la política local, respetando su capacidad para aportar ideas y propuestas que mejoren su funcionamiento y crea los institutos y organizaciones necesarios para el ejercicio de ese derecho.
Manifiesta además que uno de esos institutos fundamentales de participación de la ciudadanía para su información y aporte de ideas y propuestas es la AUDIENCIA PUBLICA, prevista y regulada por los artículos 215 y subsiguientes de la C.O.M.
Aduce también que este proyecto de ordenanza complementa lo dispuesto por la C.O.M. garantizando el derecho de la ciudadanía a participar en la sanción de ordenanzas fundamentales para el desarrollo del municipio y la sociedad en su conjunto.
Agregando algo fundamental, que es que el Concejo Deliberante puede sancionar Ordenanzas que amplíen y profundicen los mecanismos de participación ciudadana, siempre y cuando estas respeten los límites, contenidos esenciales y el espíritu de la C.O.M. y no contradigan las garantías fundamentales, respetando el sentido de progresividad, donde los derechos constitucionales funcionan como un piso mínimo de garantías, pudiendo las Ordenanzas dictadas por este órgano deliberativo mejorar o ampliar este piso, reconociendo nuevos mecanismos de participación sin restringir, alterar ni suprimir los derechos ya establecidos.
En la parte resolutiva, establece que aquellos proyectos de ordenanza a los cuales le corresponda el tratamiento establecido en el art 60 de la C.O.M. y que sean ingresados para ello al Concejo Deliberante en los términos del art. 58 de la misma, será obligatoria la realización de la audiencia pública antes de la finalización de los plazos allí estipulados, aún en los casos en que no hubieran sido tratados por el cuerpo deliberativo y dispone por último que la AUDIENCIA PUBLICA deberá realizarse en una fecha anterior a la prevista para la finalización de las sesiones ordinarias del Concejo Deliberante establecida en el art. 43 inc. b de la C.O.M. en un lugar, día y horario donde se garantice la mayor participación posible de los vecinos.
3. Continúa en comisión el proyecto, también presentado por el bloque Somos Hernando para la creación del Portal de Transparencia del Municipio, donde se deberá facilitar a la población el accesso a información sobre la gestión económica y financiera del municipio. En tal sentido, la presidente a cargo del Concejo Deliberante Dra. Lorena Massei manifestó que habían estado reunidas autoridades del ejecutivo a los fines de crear el portal de transparencia que propicia Somos Hernando, a los fines de acercar esta información a la ciudadanía.





