Acerca de la falta de publicación de legislación y actos de gobierno en el boletín oficial municipal

20/10/2026 – El 30 de Diciembre de 2015, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad sancionó la Ordenanza 654/15 mediante la cual se crea el Boletín Oficial Municipal (B.O.M.) en el cual, según se establece en el artículo 2° de la misma se deben publicar: Ordenanzas, Disposiciones, Informaciones de carácter general, los Actos, Edictos, Acuerdos, Convenios, […]

20/10/2026 – El 30 de Diciembre de 2015, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad sancionó la Ordenanza 654/15 mediante la cual se crea el Boletín Oficial Municipal (B.O.M.) en el cual, según se establece en el artículo 2° de la misma se deben publicar: Ordenanzas, Disposiciones, Informaciones de carácter general, los Actos, Edictos, Acuerdos, Convenios, Notificaciones, Anuncios, Licitaciones Públicas y Privadas, Concursos, Decretos, Resoluciones y demás decisiones del Departamento Ejecutivo Municipal y del propio Concejo Deliberante, que según se establece en el artículo 3° debe publicarse con una periodicidad «mínima» de 30 días.

En los artículos 4 y 5 dispone que el Boletín Oficial es un servicio público, de competencia directa del ejecutivo municipal en cuanto a su edición, quien deberá nombrar una persona responsable para su edición, compaginación y que los pedidos de inserción de información en el mismo son responsibilidad en cuanto a su elevación del Secretario de Gobierno, por el ejecutivo, y del Presidente del Concejo Deliberante en nombre del cuerpo deliberativo.

La importancia de esto radica en lo establecido en los considerandos y en el artículo 10 de la propia Ordenanza, en concordancia con lo establecido en la Ley Provincial N° 10.303 y en los artículos 18 y 57 de nuestra Carta Orgánica en cuanto a la validez de las ordenanzas, decretos, resoluciones, reglamentaciones, convenios y todo acto de gobierno en general que por definición entran en vigencia a partir de su publicación, sin efecto retroactivo.

Todo lo anterior es muy importante porque si hoy se ingresa a la página del municipio, en su boletín oficial, el último decreto informado es el N° 149 del 3 de Julio de 2.026, es decir que hay casi cuatro meses de retraso en la publicación de normativa, convenios y distintos actos de gobierno, que pueden carecer de vigencia por falta de publicación y afectar intereses tanto del sector público como privado.

De todo lo anterior, se resalta que sería muy importante darle la importancia que se mererce el Boletín, informando allí no solo los decretos, sino también Ordenanzas, Resoluciones, Reglamentaciones, Convenios y otros actos de gobierno, a los fines de cumplir con lo establecido en la Ordenanza 654/15, informando además la fecha de publicación, con el objetivo de establecer claramente la vigencia de lo informado a partir de ese momento, del octavo día después de su publicación, o cuando la misma normantiva así lo disponga.

En el siguiente link se puede acceder a la Ordenanza 654/15 mediante la cual se crea el Boletín Oficial Municipal:

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